JurídicoESEN
Order (Auto)April 3, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Ese Clinica Guane De Floridablanca·Respondent Lizcano De Santos Maria Del Socorro

✓
Topic · hard data
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Floridablanca y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga.

La causa que origina la controversia consiste en una solicitud de ejecución de sentencia presentada por la ESE Clínica Guane de Floridablanca , con el fin de que se libre mandamiento ejecutivo en contra de una ciudadana, por concepto de las costas y agencias en derecho causadas con ocasión del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que cursó ante el mismo despacho.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 008 de 2022, en el cual esta corporación explicó que, de conformidad con los artículos 298 y 306 del CPACA y 306 del CGP, la solicitud de ejecución de una sentencia que se presenta ante el mismo despacho que la profirió, no se trata de una demanda ejecutiva independiente, por ende, a esa autoridad judicial corresponde asumir su conocimiento.

De ahí que, si la solicitud es impetrada ante los jueces administrativos a continuación del proceso en el que se profirió la decisión respectiva, son estos los competentes para tramitarla.

Tales consideraciones se concretaron en la siguiente regla de decisión: “El conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por autoridades de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a la autoridad de esa misma jurisdicción, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP”.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca y a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de declarar que el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga es competente para conocer la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por la E.S.E. Clínica Guane de Floridablanca contra María del Socorro Lizcano de Santos.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5172 al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  5. Tercero. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca y a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.